La última reforma del Código Penal operada por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, deroga las antiguas faltas y sus penas, pasando alguna conducta al ámbito administrativo y civil, pero quedando la mayoría penalizadas como delitos leves. A diferencia de las faltas, los delitos leves sí conllevan antecedentes penales.